Constituye una forma temporal y limitada de transmisión por la cual su titular cede el uso o explotación de la empresa a persona distinta de su titular, por tiempo determinado y precio cierto.
No será, por tanto, arrendamiento de empresa el que tenga por objeto un local con algunos elementos inconexos y desorganizados, ni el que trasmita un local con elementos organizados no explotados anteriormente como empresa.