Es una parte de la suma asegurada que el asegurado retiene para su riesgo, participando por tanto proporcionalmente con el asegurador, tanto en las primas como en los siniestros.
Seguro con Descubierto Obligatorio: El descubierto obligatorio (...) implica que el seguro no cubre el riesgo al 100 por 100, y que la parte no cubierta por el seguro no puede asegurarse con otra entidad. Su finalidad es la de interesar al asegurado en la vigilancia y prevención del riesgo.