Contexto |
El derecho de repetición. En el SOA el asegurador, una vez efectuado el pago de la indemnización, podrá repetir contra el conductor, el propietario del vehículo causante y el asegurado, si, entre otros casos, los daños materiales y personales causados fuesen debidos a la conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas o de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas.
|