Situación antijurídica que se produce cuando, por la actividad culpable del obligado a realizar la prestación, no queda la relación jurídica satisfecha en el mismo tenor en que se contrajo.
6.1. - Conforme a lo dispuesto en el artículo 1124 del Código Civil, el incumplimiento por el cliente de las obligaciones que le impone el presente contrato es causa de resolución del mismo.