Contexto |
3.2. El arrendatario financiero se obliga a mantener y conservar a su costa, los bienes objeto de este contrato en perfecto estado de funcionamiento durante su vigencia. Todos los gastos necesarios para el uso y mantenimiento de los bienes arrendados y las reparaciones necesarias, serán por cuenta del arrendatario financiero, sin que sea de aplicación el artículo 1554, párrafo 2.°, del Código civil.
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