Contexto |
El arrendatario financiero asume frente al BANCO, todos los riesgos de daños a las personas o cosas que pudieran derivarse de la utilización de los bienes, así como los riesgos de daños y pérdida total o parcial de cada bien objeto de este contrato, cualquiera que fuese la causa que los hubiere motivado, incluido el caso fortuito (es) y la fuerza mayor, y estén o no cubiertas por el seguro así como el hurto, incendio (es), robo, expoliación o cualquier otra causa.
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